Sentencia de Henri Parot (Doctrina Parot)

La Doctrina Parot es el nombre por el cual se conoce la sentencia del Tribunal Supremo del 28 de febrero de 2006 por el cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios…) se aplica respecto de cada una de ellas individualmente y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión, que, según el Código Penal de 1973 (el que corresponde a Manuel) es de 30 años. Para la obtención de permisos, el tercer grado y la condicional el presx debe haber cumplido las tres cuartas partes de su condena. Si se aplica la Doctrina Parot, para la obtención de dichos beneficios se tiene en cuenta la condena total, no la efectiva. Dicha doctrina se empleó por vez primera con el preso de ETA Henri Parot, de ahí su nombre, y se creó para evitar que juzgados con el Código antiguo pudieran salir a la calle debido a los beneficios penitenciarios. En un principió sólo se aplicó acusados de terrorismo o de delitos sexuales; ahora también se la pueden aplicar, a su libre elección —ya que es doctrina y no ley—, a todos los condenados por el Código antiguo. Es una norma de carácter retroactivo injusta a todas luces.

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